Warning: Undefined array key "cod" in /home/c2011696/public_html/articulo/prepagas-esta-semana-habria-nuevas-definiciones-sobre-la-suba-de-cuotas.php on line 24 Prepagas: esta semana habría nuevas definiciones sobre la suba de cuotas - FM Horizonte
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Prepagas: esta semana habría nuevas definiciones sobre la suba de cuotas

Funcionarios de la Superintendencia de Servicios de Salud se reunieron este lunes con directivos de entidades de la medicina prepaga “para dialogar sobre la aplicación de las nuevas normativas d...

Funcionarios de la Superintendencia de Servicios de Salud se reunieron este lunes con directivos de entidades de la medicina prepaga “para dialogar sobre la aplicación de las nuevas normativas del decreto 743/2022″, según comunicó el propio organismo a través de su cuenta de Twitter. La mencionada medida del Poder Ejecutivo, un DNU de noviembre último, establece que desde febrero las subas de cuotas serán diferenciales, según el nivel de ingresos de los afiliados.

El martes de la semana pasada se publicó en el Boletín Oficial la resolución reglamentaria y se habilitó el trámite online para completar una declaración jurada para que se aplique un tope al aumento del precio. La gestión que actualmente es posible hacer está referida solo a la cuota de febrero, ya que el formulario deberá presentarse todos los meses.

Más allá de esa puesta en marcha del mecanismo para hacer la declaración de ingresos, en las próximas horas habría nuevas definiciones, referidas a aspectos que resultaron conflictivos con el sector. Los directivos de las entidades prepagas no estuvieron, desde el principio, de acuerdo con la medida, pero habían decidido aceptarla; con la implementación, sin embargo, surgieron puntos de controversia y eso derivó en que se abriera un diálogo.

Una cuestión crítica es que en las entidades consideran que debería tenerse en cuenta la suma de los ingresos del grupo familiar incluido en la cobertura y no solamente el ingreso del titular del plan. Además, los directivos plantean que sería dificultoso, y en algunos casos imposible, establecer la veracidad de las declaraciones de los afiliados.

Según lo dispuesto, a partir de febrero habrá subas todos los meses y el parámetro para definir los porcentajes será la variación de un índice de costos de salud, que es el mismo que ya se usa como parámetro desde mediados de 2022. Hasta ahora, los incrementos venían siendo bimestrales, aunque las cuotas subieron en diciembre y también aumentan en este mes de enero, porque el porcentaje que resultaba para el último mes del año se desdobló (se aplicó un aumento de 6,9% en cada uno de los dos meses).

Para las cuotas de febrero el índice en cuestión determina un reajuste de 8,21% (ese porcentaje corresponde a la suba que tuvieron en noviembre los costos de la salud, según el indicador elaborado por el Gobierno). Pero, quienes en diciembre tuvieron un ingreso inferior a seis veces el salario mínimo, vital y móvil, pueden hacer una declaración jurada para que se les aplique un tope a la suba, equivalente al 90% de la evolución mensual de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte). En este caso se considera el dato de octubre, porque es el último disponible. Para el precio de febrero, el tope es de 4,91%.

Según el decreto de necesidad y urgencia, el tope para las subas vinculado con la evolución de los salarios se aplicará “respecto de los y las titulares contratantes que posean ingresos netos inferiores a seis salarios mínimos, vitales y móviles”. De eso se desprende que deberán considerarse los montos de los sueldos de los titulares de los planes una vez aplicados los descuentos, es decir, lo que efectivamente llega al bolsillo. La resolución reglamentaria no dio más especificaciones con respecto a ese punto.

Sí dispuso que las declaraciones juradas deberán hacerse entre los días 1° y 20 de cada mes y que no podrán realizarse de manera retroactiva (alguien que, teniendo un ingreso menor a seis veces el salario mínimo, no hizo la declaración en el mes previo, ya sea por olvido o o por no conocer la normativa, no podrá reclamar alguna diferencia con respecto a cuotas ya cobradas).

Si bien luego de la reunión de este lunes no hubo aclaraciones sobre el trámite más allá de lo que se conoció la semana pasada, se espera que sí las haya esta semana. Para la cuota del próximo mes, el plazo para completar el formulario vence el viernes 20 de enero. “El encuentro, realizado de forma virtual, ha sido positivo y los equipos técnicos de la Superintendencia de Servicios de Salud y de las entidades de medicina prepaga ya se encuentran trabajando sobre los temas allí planteados”, comunicó el organismo regulador.

Otra cuestión sobre la que se esperan definiciones es la obligación de ofrecer planes con copagos a un precio un 25% más bajo que el de los contratos que no contemplan esos pagos adicionales. Según el decreto, esa exigencia rige desde el 1° de enero; sin embargo, la reglamentación se conoció dos días después de esa fecha, y desde las entidades se señaló que hay dificultades para la instrumentación, más allá de la fecha.

Al tiempo que se difundió desde la Superintendencia la existencia de un diálogo con el sector, el formulario para la declaración jurada sigue habilitado. Para dejar constancia de que se reciben ingresos inferiores a los seis salarios mínimos deberá completarse la “Declaración Jurada para Usuarios de Prepagas”, entre los días 1° y 20 de cada mes, como ya se indicó. Para acceder al formulario se debe habilitar, en primer lugar, el servicio interactivo Mi SSSalud en la página www.afip.gob.ar.

Para hacer esa habilitación, debe ingresarse con clave fiscal a la página de la AFIP e ir, entre las opciones de “Mis Servicios”, a “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal”. Allí se desplegará un listado de organismos estatales. Se debe clikear entonces en el logo de la Superintendencia de Servicios de Salud y, entre los títulos que se despliegan, elegir Mi SSSalud.

Luego, confirmar la adhesión, desloguearse y volver a entrar a la página de la AFIP, para chequear que el servicio haya quedado incorporado. Una vez hecho esto, se podrá ingresar desde la página https://www.sssalud.gob.ar/misssalud/ (se pide clave fiscal) a los servicios interactivos de la Superintendencia, entre los que se debe elegir el correspondiente a la declaración jurada de ingresos. También se puede ingresar desde la propia página de la AFIP, clickeando en la opción “Mi SSSalud” que -siempre que previamente se haya hecho el trámite de habilitación ya explicado- aparecerá entre los títulos de “Mis servicios”.

En el formulario, el primer dato que se pide es el de la prepaga a la cual la persona está afiliada. Hay que seleccionar la opción correcta en un listado, ingresando el número de CUIT de la entidad o escribiendo las primeras letras de la denominación.

Luego, hay que clikear la opción “Sí” en dos enunciados: “Declaro que poseo ingresos inferiores a seis salarios mínimos, vitales y móviles” y “Autorizo a la Superintendencia de Servicios de Salud a validar los datos ingresados con otros organismos. Luego, clikear para confirmar lo declarado y, finalmente, ir a la opción “Volver”, que permitirá ver una pantalla en la que se visualizarán las declaraciones que hayan sido presentadas en diferentes meses. Allí, finaliza el trámite.

Fuente: https://www.lanacion.com.ar/economia/prepagas-esta-semana-habria-nuevas-definiciones-sobre-la-suba-de-cuotas-nid09012023/

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